Si busca divorciarse, probablemente habrá escuchado que tiene que presentar un convenio regulador. Si quiere saber de qué se trata, nuestros abogados se lo cuentan.
¿Qué es el convenio regulador?
Se trata de un documento que acompaña a todo
proceso de separación o divorcio de mutuo acuerdo y que recoge las
medidas que regirán a partir de ese momento la relación de los ex-cónyuges.
Una vez haya tomado la decisión de acabar con su unión tiene que decidir algunas
cuestiones un tanto delicadas pero que se hacen más sencillas si existe consenso entre la
ex-pareja.
En el
convenio se indicará quién se queda con la
guarda y custodia de los hijos, el
régimen de visitas que se seguirá, la cantidad de la
pensión de alimentos, el reparto de los
bienes en común…
Una vez se haya establecido todo lo que engloba dicha separación en el
convenio que podemos ayudarle a redactar,
un juez lo dará por válido ante la aprobación de los cónyuges.
A partir de ese momento se seguirá lo que marque en convenio a la hora de realizar ciertos actos y de comportarse. Si necesita ayuda porque
se encuentra inmerso en pleno proceso de divorcio, no dude en contactar con nuestro despacho de
Sevilla, le ofreceremos atención personalizada y profesional.
Modificación del convenio regulador
Cuando se dicta la sentencia de divorcio, entran en vigor las disposiciones que contiene el Convenio regulador sobre las medidas que van a regular la situación que queda tras la disolución del vínculo matrimonial. Estas medidas se entienden como definitivas, pero esto no supone que no puedan modificarse. De esta forma, la legislación permite que, cuando se alteren sustancialmente las circunstancias, las decisiones convenidas por los cónyuges o el juez, se modifiquen.
¿Cómo se modifica el Convenio? Una de las modificaciones puede consistir en redactar un nuevo convenio, entre los cónyuges, que modifique el anterior, y que presentaremos al juez para su aprobación. La otra modificación ocurre cuando los cónyuges no se ponen de acuerdo, pero uno de ellos pide al juez que se modifiquen, o es el Ministerio Fiscal, si hay hijos a cargo, quien considera que deben modificarse si las circunstancias han variado notablemente.